Gayo
es unos de los juristas más enigmáticos, ya que se carece de informaciones
sobre su vida. Por ejemplo, se desconoce su nombre completo, pues Gaius
era sólo su primer nombre (praenomen). Incluso, muchos romanistas dudan
en que verdaderamente haya sido un hombre, y se ha llegado a plantear la casi
improbable tesis de que fuese mujer. Se ha supuesto que nació hacia el año 120
en alguna provincia de oriente y probablemente vivió en alguna localidad
provincial del imperio romano. Dentro de sus contemporáneos no hay noticias
sobre su vida y obra, incluso durante el siglo XX se le ha tratado de
identificar con Casio Longino.
Lex: Lex,
segun Gayo, "es lo que el pueblo manda y establece, con el nombre de pueblo
se indican todos los ciudadanos incluidos los patricios". El pueblo romano
era llamado periodicamente a comicios, el resultado de estos era una LEX.
Conceptualmente podriamos decir que la LEX es el resultado de un comicio.
Plebiscitos:
Segun Gayo, "a lo que la plebe manda y establece". Los plebiscitos
serian tambien el resultado de comicios, pero sin la intervencion de los
patricios. Estos comicios recibieron el nombre de "concilios de la plebe"
y lo que en ellos se resolvia tomaba el nombre de "Plebiscitum".
Senadoconsultos: Es lo que
el Senado manda y establece, pero no es cualquier resolucion del Senado, sino
aquella en que es interrogado por el emperador sobre alguna cuestion juridica.
Constituciones
de los emperadores: Son decisiones del emperador. Segun Ulpiano,
estas decisiones son fuente de Dereho, en virtud de que cada Emperador recibe
esa potestad de la LEX por la que el pueblo lo designo.
Ejercicios
del Ius Edicendi: Algunos magistrado, principalmente en epocas de
la republica, tenian la facultad de dar "edictos" que era una forma
de "programa de accion". El uso preponderante de esta fuente fue por
parte de los pretores que emitian un edicto que era una suerte de listado de
acciones judiciales. El ius edicendi(derecho de publicar edictos) luego fue
asumido por los emperadores.
Respuestas
de los juristas: Algunos juristas tenian la facultad de dar
respuestas a consultas juridicas, que despues(por una u otra razon) se
convertian en obligatorias para los jueces.
Las mores
maiorum: Fueron fuente formal durante la etapa arcaica. Se llama asi a los modos
o estilos de vida de los antepasados, erroneamente simplificados como
costumbres.
OBRA DE
GAYO:
1- Todos los
pueblos que estan regidos por las leyes y las costumbres, siguen en parte un
derecho que les es propio, en parte un derecho que es comun a todos los
hombres. Este derecho se llama CIVIL, es decir, el derecho propio de la ciudad.
Mientras que el derecho que la razon natural establece entre todos los hombres
es llamado derecho de gentes, es decir, el derecho usado por todas las
naciones.
2- Las normas
juridicas del pueblo romano, las mismas surgen de las leyes, de los
plebiscitos, de los senadoconsultos, de las constituciones imperiales, de los
edictos emanados de quienes tienen el "ius edicendi", de las
respuestas de los prudentes.
3- La ley es
lo que el pueblo ordena y establece: El plebiscito es lo que la plebe ordena y
establece. La "Plebs" difiere del "Populus" en que se llama
"Populus" a la totalidad de los ciudadanos comprendidos los
patricios, mientras se entiende por "Plebs" a todos los ciudadanos
excluidos los patricios. La ley "HORTENSIA" establecio que los
plebiscitos obligaban al pueblo entero: de ese modo quedaron asimilados a las
leyes.
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